Balcarce, 12 de enero de 1983.- VISTO: El Expediente N§ 01630-B/82 iniciado por el Se¤or Pedro L¢pez, y CONSIDERANDO: Lo manifestado por el recurrente a fojas 1, La encuesta socio-econ¢mica realizada por el Organismo competente, Que de la misma se desprende que el contribuyente cuenta con capacidad contributiva por cuanto obtiene ingresos adicionales al haber jubilatorio, POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO en uso de las atribuciones que le confiera la Ley Org nica de las Municipalidades y sus modificatorias, D E C R E T A ------------- ARTICULO 1.- No acceder a lo solicitado por el Se¤or Pedro L¢pez ------------ en el Expediente N§ 01630-B/82 por las razones invocadas en el exordio del presente.--------------------------------- ARTICULO 2.- El contribuyente deber  oblar la deuda que mantiene con ------------ la Municipalidad m s los per¡odos fiscales de ejercicios vencidos con posterioridad a la fecha de presentaci¢n del escrito, dentro de los diez (10) d¡as h biles contados a partir del d¡a siguiente de la presente resoluci¢n. En su defecto la deuda quedar  sujeta al r‚gimen dispuesto por la Ordenanza General N§ 178, devengando la misma la actualizaci¢n e intereses hasta la fecha del efectivo pago de la obligaci¢n tributaria.---------------------------- ARTICULO 3.- C£mplase, comun¡quese a las Secretar¡as Municipales, ------------ Contadur¡a, Departamento de Recursos Municipales, el recurrente y d‚se al Registro Oficial de Decretos.-------------------- DECRETO N§ 19.- ---------------